En España, la directiva de la UE sobre Recogida y reciclaje de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) entró en vigor mediante el Real Decreto 110/2015 de 20 febrero (Real Decreto 110/2015). La autoridad española sobre este tipo de residuos es el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (http://www.magrama.gob.es/es/calidad-y-evaluacion-ambiental/temas/prevencion-y-gestion-residuos/flujos/aparatos-electr/).
Los aspectos sobre las obligaciones en relación con los RAEE que se aplican específicamente en España son los que aparecen a continuación.
Obligaciones de los fabricantes de productos:
Según el Real Decreto sobre los RAEE, los fabricantes deben hacer lo siguiente:
Número de registro:
Debes proporcionar tu número o números de registro de RAEE españoles en la página Perfil del vendedor y en todas las facturas.
Obligación de recogida (distribuidores):
La legislación española prevé que los distribuidores deben recoger los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos de los consumidores XXX. Los vendedores que venden por Internet deben tomar las medidas necesarias para recoger dichos residuos, por ejemplo, retirándolos en el momento de la entrega de aparatos nuevos o facilitando una dirección postal adonde devolverlos (en la medida de lo posible).
En España, los vendedores virtuales no están obligados a recoger los residuos según el modelo de recogida 0:1 (que consiste en recoger de forma gratuita cualquier producto antiguo, aunque el consumidor no compre uno nuevo similar o el vendedor no tenga ese aparato en su gama de productos).
Los distribuidores deben emitir un recibo para todos los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos que reciban y mantener un registro. Si sólo se dedican a la distribución, los distribuidores no están obligados a registrarse de la misma forma que los fabricantes, pero tienen que incluir los detalles de los residuos recogidos en el sitio web siguiente: https://www.raee-asimelec.es/queeslaplataformaasp?di=in&xxx=es &
Obligaciones sobre recogida, recuperación, reutilización y tratamiento (fabricante):
Los fabricantes deben recoger u organizar la recogida de los residuos de aparatos eléctricos o electrónicos, en proporción a la cantidad que introduzcan en el mercado, siguiendo uno de estos dos métodos:
Esperamos que la descripción general de los aspectos más importantes de la directiva 2012/19/EU sobre los RAEE te haya resultado útil.