Requisitos de la UE: El Reglamento (CE) n.º 1935/2004 de la UE (el "Reglamento sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos de la UE") establece los requisitos generales que deben cumplir todos los materiales y objetos que se vendan en la UE y que estén destinados a entrar en contacto con alimentos. Otras legislaciones de la UE establecen requisitos adicionales para los materiales y objetos específicos destinados a entrar en contacto con alimentos, como el Reglamento (UE) n.º 10/2011 sobre materiales plásticos o la Directiva 84/500/CEE sobre objetos de cerámica. Si no existe ninguna normativa europea específica sobre materiales y objetos, puede que existan leyes nacionales complementarias en los Estados miembros. El Reglamento de la UE sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos debe aplicarse junto con el Reglamento (CE) n.º 2023/2006 sobre buenas prácticas de fabricación, que establece normas generales y detalladas sobre la aplicación de las buenas prácticas durante la fabricación de materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.
Si vendes materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos cubiertos por el Reglamento de la UE sobre materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos, debes asegurarte de que cumplen con las buenas prácticas de fabricación, así como con cualquier requisito específico de materiales o sustancias, como cerámica, película de celulosa regenerada, metal o plásticos.
Es tu responsabilidad cumplir con los requisitos de la UE si vendes materiales destinados a entrar en contacto con alimentos en la UE. También debes cumplir todas las leyes y reglamentos nacionales vigentes de los Estados miembros que complementen el Reglamento de la UE sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto, y con otros requisitos nacionales de los países en los que vendas estos productos.
Consulta a continuación los requisitos de la UE para más información.
Requisitos de UK: Hasta el final del período de transición del Brexit (31 de diciembre de 2020), el Reglamento de la UE sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos establece los requisitos generales que deben cumplir todos los materiales y objetos que se vendan en la UE y que estén destinados a entrar en contacto con alimentos. Otras legislaciones de la UE establecen requisitos adicionales para los materiales y objetos específicos destinados a entrar en contacto con alimentos, como el Reglamento (UE) n.º 10/2011 sobre materiales plásticos o la Directiva 84/500/CEE sobre objetos de cerámica. Si no existe ninguna normativa europea específica sobre materiales y objetos, puede que existan leyes nacionales complementarias en UK. El Reglamento de la UE sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos debe aplicarse junto con el Reglamento (CE) n.º 2023/2006 sobre buenas prácticas de fabricación, que establece normas generales y detalladas sobre la aplicación de las buenas prácticas durante la fabricación de materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.
Una vez finalizado el período de transición del Brexit (31 de diciembre de 2020), se aplicará una versión modificada del Reglamento (CE) n.º 1935/2004 y el Reglamento (UE) n.º 10/2011 a todos los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos como resultado del Reglamento (enmienda) 2019/704 (salida de la UE). Las reglas que se aplican a los productos varían según dónde se vendan:
A continuación, te indicamos los cambios pertinentes en los requisitos de UK tras el periodo de transición del Brexit.
Es tu responsabilidad cumplir con los requisitos de UK si vendes materiales destinados a entrar en contacto con alimentos en UK. Si además vendes este tipo de productos en los sitios web europeos de Amazon, también tienes que cumplir con el Reglamento de la UE sobre materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos, y con otros requisitos nacionales de los países en los que vendas estos productos.
Para más información sobre los requisitos de UK, consulta a continuación.
Este material tiene fines informativos y no debería tomarse como sustituto de asesoramiento legal. Para cualquier duda sobre la legislación o los reglamentos relativos a tus productos, ponte en contacto con tu asesor legal. Este material sólo refleja la situación en el momento de la redacción del texto, y los requisitos aplicables en la UE y en UK pueden cambiar, especialmente en función de la evolución del Brexit. Para más información sobre los cambios que pueden afectarte después del final del periodo de transición, consulta las directrices actuales de UK sobre el Brexit que puedan estar relacionadas con tus productos (cuando estén disponibles).
El Reglamento sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos se aplica a materiales y productos, incluidos los materiales destinados a entrar en contacto con alimentos activos e inteligentes, que:
Composición
Los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos deben fabricarse siguiendo las buenas prácticas de fabricación para que, en condiciones de uso normales o previsibles, no transfieran ni liberen sus componentes a los alimentos en niveles perjudiciales para la salud humana, ni cambien la composición, sabor u olor de los alimentos de manera inaceptable.
El Anexo 1 del Reglamento de la UE sobre materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos también enumera una lista de 17 grupos de materiales y objetos para los cuales deben adoptarse medidas especiales. Estas medidas son, entre otras:
Existen medidas específicas de la UE sobre materiales, entre las que se incluyen:
Existen medidas específicas de la UE sobre sustancias, entre las que se incluyen:
Los materiales y productos activos no deben causar cambios en la composición, sabor u olor de los alimentos (por ejemplo, cambios que enmascaren el deterioro de los alimentos, lo que podría ser engañoso para los consumidores). Los productos y materiales inteligentes no deben ofrecer información sobre el estado de los alimentos que pueda confundir a los consumidores.
Documentación
Los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos para los que existen unos determinados requisitos deben incluir una Declaración de conformidad. Estos requisitos específicos se cubren actualmente en la legislación siguiente:
Las medidas nacionales también pueden requerir que más materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos cuenten con Declaraciones de conformidad.
Etiquetado e información
El etiquetado, publicidad y presentación de los materiales o productos no deben confundir a los consumidores.
Los materiales y productos que todavía no hayan entrado en contacto con alimentos cuando se ofrezcan para el suministro o la venta deberían ir acompañados de la siguiente información. Puede tratarse tanto en los materiales o productos como en su embalaje, en las etiquetas pegadas a los materiales o en su embalaje:
Esta información debe ser claramente visible, legible e indeleble y, en el caso de los requisitos 1, 2 y 5, en un idioma fácilmente comprensible, según lo determinen los Estados miembros, como el idioma oficial del país.
Trazabilidad
Los materiales y productos vendidos en la UE deben poder identificarse mediante un sistema adecuado que permita el seguimiento mediante el etiquetado o un documento o información pertinentes.
Los operadores de empresas deben disponer de sistemas y procedimientos que permitan la identificación de las empresas a las que se han suministrado los materiales, productos, sustancias o productos cubiertos por los requisitos de la UE sobre materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.
Los productores y distribuidores también tendrán obligaciones en virtud de la Directiva relativa a la seguridad general de los productos. Consulta la información disponible sobre la Directiva relativa a la seguridad general de los productos.
Para más información sobre los requisitos de la UE sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos, te recomendamos consultar el sitio web de la Comisión Europea:
El Reglamento de UK sobre materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos es válido para todos los productos vendidos en UK, pero las disposiciones se aplican de forma diferente a Gran Bretaña (Inglaterra, Escocia y Gales, "GB") e Irlanda del Norte. Más información sobre la posición en Irlanda del Norte (NI) a continuación.
El Reglamento sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos se aplica a materiales y productos, incluidos los materiales destinados a entrar en contacto con alimentos activos e inteligentes, que:
Algunos ejemplos son: embalaje y recipientes, utensilios de cocina, cubertería, vajillas y cafeteras.
Existen algunas exclusiones, como antigüedades, materiales de cobertura o revestimiento (por ejemplo, materiales que cubren cortezas de quesos, productos cárnicos preparados o frutas, que formen parte de los alimentos y puedan utilizarse con estos alimentos) y equipos fijos de suministro de agua, pública o privada.
Composición
Los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos deben fabricarse siguiendo las buenas prácticas de fabricación para que, en condiciones de uso normales o previsibles, no transfieran ni liberen sus componentes a los alimentos en niveles perjudiciales para la salud humana, ni cambien la composición, sabor u olor de los alimentos de manera inaceptable.
El Anexo 1 del Reglamento de UK sobre materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos también enumera una lista de 17 grupos de materiales y objetos para los cuales deben adoptarse medidas especiales. Estas medidas son, entre otras:
En la siguiente tabla se enumeran los materiales, productos y sustancias que tienen requisitos especiales:
Material, artículo o sustancia | Antes del final del período de transición del Brexit | Después del final del período de transición del Brexit |
---|---|---|
Materiales activos e inteligentes | Reglamento (CE) 450/2009 | Una versión modificada del Reglamento (CE) 450/2009 como resultado de los Reglamentos de UK de 2019 (enmienda) sobre materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos (salida de la UE). |
Materiales plásticos | Reglamento (UE) 10/2011 | Una versión modificada del Reglamento (UE) 10/2011 como resultado de los Reglamentos de UK de 2019 (enmienda) sobre materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos (salida de la UE). |
Materiales plásticos reciclados | Reglamento (CE) 282/2008 | Una versión modificada del Reglamento (CE) 282/2008 como resultado de los Reglamentos de UK de 2019 (enmienda) sobre materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos (salida de la UE). |
Cerámica |
Reglamentos 2012/2619 sobre materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos (Inglaterra) Reglamentos 2012/2705 sobre materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos (Gales) Reglamentos 2012/318 sobre materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos (Escocia) Reglamentos 2012/384 sobre materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos (Irlanda del Norte) (en conjunto, "Reglamentos de UK sobre materiales y objetos") |
Reglamentos de UK sobre materiales y objetos |
Películas de celulosa regenerada | Reglamentos de UK sobre materiales y objetos | Reglamentos de UK sobre materiales y objetos |
Determinados derivados de epoxi | Reglamento (CE) 1895/2005 | Una versión modificada del Reglamento (CE) 1895/2005 como resultado de los Reglamentos de UK de 2019 (enmienda) sobre materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos (salida de la UE). |
N-nitrosaminas y sustancias N-nitrosables en tetinas y chupetes de goma | Reglamentos 1995/1012 sobre N-nitrosaminas y sustancias N-nitrosables en tetinas y chupetes de goma (seguridad) | Reglamentos 1995/1012 sobre N-nitrosaminas y sustancias N-nitrosables en tetinas y chupetes de goma (seguridad) |
Artículos de cocina fabricados con poliamida y melamina originarios o procedentes de China o Hong Kong | Reglamento (UE) 284/2011 | Una versión modificada del Reglamento (UE) 284/2011 como resultado de los Reglamentos de UK de 2019 (enmienda) sobre importaciones de materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos y piensos (salida de la UE). |
Los materiales y productos activos no deben causar cambios en la composición, sabor u olor de los alimentos (por ejemplo, cambios que enmascaren el deterioro de los alimentos, lo que podría ser engañoso para los consumidores). Los productos y materiales inteligentes no deben ofrecer información sobre el estado de los alimentos que pueda confundir a los consumidores.
Documentación
Los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos para los que existen unos determinados requisitos deben incluir una Declaración de conformidad. Estos requisitos específicos están cubiertos actualmente en la legislación relativa a materiales activos e inteligentes, materiales plásticos, materiales plásticos reciclados, cerámica y películas de celulosa regenerada, tal y como se indica en la tabla anterior.
Etiquetado
El etiquetado, publicidad y presentación de los materiales o productos no deben confundir a los consumidores.
Los materiales y productos que todavía no hayan entrado en contacto con alimentos cuando se ofrezcan para el suministro o la venta deberían ir acompañados de la siguiente información. Puede tratarse tanto en los materiales o productos como en su embalaje, en las etiquetas pegadas a los materiales o en su embalaje:
El objetivo de dicha información es permitir que los operadores de empresas alimentarias que utilicen estos materiales y objetos cumplan con lo siguiente:
Esta información debe ser claramente visible, legible e indeleble y, en el caso de los requisitos 1, 2 y 5, en un idioma que los compradores comprendan fácilmente que, en el caso de UK, será el inglés.
Trazabilidad
Los materiales y productos vendidos en UK deben poder identificarse mediante un sistema adecuado que permita el seguimiento mediante el etiquetado o un documento o información pertinentes.
Los operadores de empresas deben disponer de sistemas y procedimientos que permitan la identificación de las empresas a las que se han suministrado los materiales, productos, sustancias o productos cubiertos por los requisitos de UK sobre materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos.
Los productores y distribuidores también tendrán obligaciones en virtud del Reglamento 2005/1803 de UK sobre la seguridad general de los productos (GPSR). Consulta la información sobre el GPSR disponible en esta página.
Ten en cuenta que, a partir del 1 de enero de 2021, se aplicarán normas diferentes en NI como resultado del Protocolo sobre Irlanda del Norte. En particular:
El Gobierno del Reino Unido ha publicado directrices sobre la venta de productos en GB y NI después del Brexit. Estas directrices proporcionan a los productores y distribuidores información sobre los requisitos de cumplimiento a partir del 1 de enero de 2021, y abarcan los siguientes temas:
Te recomendamos que revises estas directrices (enlace a continuación), junto con cualquier otra directriz del Gobierno de UK que se aplique a tu producto. Consulta a tu asesor legal si tienes alguna pregunta sobre cómo las leyes o los reglamentos regulan tus productos a partir del 1 de enero de 2021.
GB:
NI:
Para más información sobre los requisitos de UK sobre materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos, te recomendamos que revises las siguientes directrices del Gobierno de UK: https://www.food.gov.uk/business-guidance/food-contact-materials
También te recomendamos que visites el sitio web de Business Companion, donde encontrarás más directrices sobre las normas de cumplimiento de producto de UK: https://www.businesscompanion.info/en/quick-guides/food-and-drink/food-contact-materials